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dc.rights.licenseAttribution 4.0 International (CC BY 4.0) * Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia (CC BY-NC-ND 2.5 CO)
dc.contributor.advisorLoida Camargo Camargo Edgard Eliud Castillo Tamara Enrique Ramos Clanson
dc.contributor.authorVargas Acosta, Brian René-
dc.coverage.spatialCartagena de Indias D. T. y C. (Bolívar)
dc.date.accessioned2025-07-22T20:36:48Z-
dc.date.available2025-07-22T20:36:48Z-
dc.date.issued2025-05-30-
dc.identifier.urihttps://repositorio.unisinucartagena.edu.co:8080/xmlui/handle/123456789/1727-
dc.description.abstractLa enfermedad cerebrovascular constituye una de las principales causas de discapacidad neurológica adquirida y la segunda causa de muerte a nivel global, con una carga creciente atribuible al envejecimiento poblacional y al subóptimo control de factores de riesgo cardiovasculares, especialmente en países de ingresos bajos y medios (1). Se estima que una de cada cuatro personas mayores de 25 años experimentará un ataque cerebrovascular (ACV) a lo largo de su vida, y que cerca del 25–30% de estos eventos son de origen cardioembólico, principalmente relacionados con fibrilación auricular (FA) (2). La FA incrementa el riesgo de ACV isquémico hasta cinco veces y se asocia con infartos de mayor volumen, evolución clínica más severa y una mayor probabilidad de dependencia funcional o muerte (3). La anticoagulación oral, tanto con antagonistas de la vitamina K como con anticoagulantes orales directos (ACOD), representa el pilar del tratamiento preventivo, logrando reducir el riesgo de recurrencia en más del 60% y mejorando la sobrevida a largo plazo (4). Sin embargo, el momento óptimo para iniciar anticoagulación tras un ACV isquémico sigue siendo un dilema clínico relevante, particularmente en pacientes con infartos extensos, transformación hemorrágica o comorbilidades significativas (5). El inicio prematuro del tratamiento anticoagulante puede prevenir recurrencias tempranas, cuyo riesgo puede alcanzar hasta 1.3% por día en las dos primeras semanas tras el evento (6). No obstante, esta estrategia debe balancearse frente al riesgo de transformación hemorrágica, estimado hasta en un 9% en ese mismo periodo (7). Este delicado equilibrio ha motivado el desarrollo de recomendaciones como la regla “1-3-6-12” y la realización de ensayos clínicos como ELAN, TIMING y OPTIMAS, que sugieren la seguridad del inicio temprano de los ACOD en contextos seleccionados (8–10). Pese a estos avances, la práctica clínica aún muestra variabilidad importante. Las guías internacionales no siempre son aplicables a entornos como América Latina, donde existen barreras estructurales, limitaciones en acceso a neuroimagen avanzada y tiempos prolongados para la atención especializada (11). En Colombia, la evidencia local sobre el inicio de anticoagulación post-ACV cardioembólico es escasa, y pocos estudios han explorado los factores clínicos y logísticos que influyen en esta decisión terapéutica, en especial en regiones como el Caribe colombiano (12,13). Adicionalmente, la heterogeneidad en los tiempos de inicio y la escasa representación de pacientes latinoamericanos en estudios pivotales limitan la generalización de las recomendaciones (14,15). Encuestas como la de Munn et al. han evidenciado una gran incertidumbre incluso entre médicos especialistas, respecto al momento óptimo para iniciar la anticoagulación en pacientes con FA tras un ACV (16). Más recientemente, estudios observacionales como el de Lee et al. han mostrado que el inicio temprano de apixabán, ajustado al tamaño del infarto, podría mejorar el desenlace funcional sin aumentar el riesgo de hemorragia sintomática, lo que refuerza la necesidad de generar evidencia contextualizada (17). El objetivo del estudio es describir los determinantes del momento de inicio de la anticoagulación oral en pacientes con fibrilación auricular u otra indicación equivalente tras un ACVI, atendidos en una institución de salud de la ciudad de Barranquilla, así como describir sus características clínicas, sociodemográficas y asistenciales.es
dc.formatAplicattion/PDF
dc.format.extent44 Páginas
dc.language.isoeses
dc.publisherUniversidad del Sinú, seccional Cartagenaes
dc.relationDisponible en nuestras colecciones impresas en la biblioteca Elías Bechara Zainúm
dc.rightsEl autor, manifiesta que la obra objeto de la presenta autorización es original y la realizo sin violar o usurpar derechos de autor de terceros, por lo tanto, la obra es de exclusiva autoría y tiene la titularidad sobre la misma. PARAGRAFO: En caso de presentarse cualquier reclamación o acción por parte de un tercero en cuanto a los derechos de autor sobre la obra en cuestión, el autor, asumirá toda la responsabilidad, y saldrá en defensa de los derechos aquí autorizados; para todos los efectos la universidad del Sinu, seccional Cartagena actúa como un tercero de buena fe. El autor, autoriza a la Universidad del Sinu, seccional Cartagena, para que los términos establecidos en la Ley 1581 de 2012 en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993 y toda normal sobre la materia, utilice y use la obra objeto de la presente autorización. EL autor declara y autoriza lo dispuesto en el Articulo 10 del Decreto 1377 de 2013 a proceder con el tratamiento de los datos personales para fines académicos, históricos, estadísticos y administrativos de la Universidad del Sinu, seccional Cartagena. De conformidad con lo establecido, aclaramos que “Los derechos morales sobre el trabajo son propiedad de los autores”, los cuales son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables.
dc.rightsEl autor, manifiesta que la obra objeto de la presenta autorización es original y la realizo sin violar o usurpar derechos de autor de terceros, por lo tanto, la obra es de exclusiva autoría y tiene la titularidad sobre la misma. PARAGRAFO: En caso de presentarse cualquier reclamación o acción por parte de un tercero en cuanto a los derechos de autor sobre la obra en cuestión, el autor, asumirá toda la responsabilidad, y saldrá en defensa de los derechos aquí autorizados; para todos los efectos la universidad del Sinu, seccional Cartagena actúa como un tercero de buena fe. El autor, autoriza a la Universidad del Sinu, seccional Cartagena, para que los términos establecidos en la Ley 1581 de 2012 en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993 y toda normal sobre la materia, utilice y use la obra objeto de la presente autorización. EL autor declara y autoriza lo dispuesto en el Articulo 10 del Decreto 1377 de 2013 a proceder con el tratamiento de los datos personales para fines académicos, históricos, estadísticos y administrativos de la Universidad del Sinu, seccional Cartagena. De conformidad con lo establecido, aclaramos que “Los derechos morales sobre el trabajo son propiedad de los autores”, los cuales son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables.
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0
dc.subjectAtaque Cerebrovasculares
dc.subjectAnticoagulantes orales de acción directaes
dc.subjectFibrilación auriculares
dc.subjectTrombosises
dc.titleDeterminantes del tiempo de inicio de anticoagulación oral después de un ataque cerebrovascular isquémico en una IPS en la ciudad de barranquilla, atlánticoes
dc.typeThesises
Aparece en las colecciones: Especialización en Neurología Clinica



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