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dc.rights.licenseAttribution 4.0 International (CC BY 4.0) * Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia (CC BY-NC-ND 2.5 CO)
dc.contributor.authorCastro Negrete, Alvaro-
dc.contributor.authorSanchez Ruiz, Ana Karina-
dc.coverage.spatialCartagena de Indias D. T. y C. (Bolívar)
dc.date.accessioned2023-09-28T19:48:21Z-
dc.date.available2023-09-28T19:48:21Z-
dc.date.issued2018-
dc.identifier.urihttp://repositorio.unisinucartagena.edu.co:8080/xmlui/handle/123456789/1017-
dc.description.abstractLas cláusulas excepcionales han sido un criterio fundamental para identificar los contratos administrativos o estatales, pero hasta donde estos poderes unilaterales pueden ser incluidos en los contratos realizados por entidades estatales reguladas con regímenes especiales como es el caso de las Universidades Públicas; las cuales tienen un apoyo en el artículo 69 constitucional, el cual aborda lo relativo a la autonomía universitaria. Es pertinente afirmar que el Consejo de Estado se ha manifestado en diferentes ocasiones respecto de la inclusión de estas prerrogativas públicas en la prestación de servicios públicos tales como el suministro de energía eléctrica y la recolección de basuras entre otros, concluyendo que dichas cláusulas son un abuso de la autoridad, en tales circunstancias haciendo un barrido de dichos conceptos desde el punto de vista doctrinario y jurisprudencial a este vacío jurídico con fundamento en el principio de la autonomía universitaria respecto a los contratos celebrados por estos entes educativos públicos, es viable decir que la procedencia de las cláusulas excepcionales, estará sujeta a la determinación de qué tipo de contrato este celebrando la Universidad, y si lo hace en cumplimiento de sus fines misionales o no. palabras claves Cláusulas exorbitantes – contrato – discrecionalidad - paralización o afectación del servicio públicoes
dc.formatAplicattion/PDF
dc.format.extent62 páginas
dc.language.isoeses
dc.publisherUniversidad del Sinú, seccional Cartagenaes
dc.rightsEl autor, manifiesta que la obra objeto de la presenta autorización es original y la realizo sin violar o usurpar derechos de autor de terceros, por lo tanto, la obra es de exclusiva autoría y tiene la titularidad sobre la misma. PARAGRAFO: En caso de presentarse cualquier reclamación o acción por parte de un tercero en cuanto a los derechos de autor sobre la obra en cuestión, el autor, asumirá toda la responsabilidad, y saldrá en defensa de los derechos aquí autorizados; para todos los efectos la universidad del Sinu, seccional Cartagena actúa como un tercero de buena fe. El autor, autoriza a la Universidad del Sinu, seccional Cartagena, para que los términos establecidos en la Ley 1581 de 2012 en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993 y toda normal sobre la materia, utilice y use la obra objeto de la presente autorización. EL autor declara y autoriza lo dispuesto en el Articulo 10 del Decreto 1377 de 2013 a proceder con el tratamiento de los datos personales para fines académicos, históricos, estadísticos y administrativos de la Universidad del Sinu, seccional Cartagena. De conformidad con lo establecido, aclaramos que “Los derechos morales sobre el trabajo son propiedad de los autores”, los cuales son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables.
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0
dc.subjectCláusulas exorbitanteses
dc.subjectContratoes
dc.subjectDiscrecionalidades
dc.subjectParalización o afectación del servicio públicoes
dc.titleProcedencia de las cláusulas excepcionales en los contratos realizados por las universidades públicas frente al principio de la autonomía universitaria.es
dc.typeThesises
Aparece en las colecciones: Especialización en Contratación Estatal



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